Programa de subvenciones de ayuda para Microempresas
¿Cuánto financiamiento está disponible a través del Programa de Subsidios para Microempresas?
La Oficina del Defensor de las Pequeñas Empresas de California (Cal OSBA) ha asignado fondos a cada condado del estado en función de la población. Menos costos administrativos, la Fundación Santa Bárbara y el Condado de Santa Bárbara tiene $444,896 disponibles para distribuir a microempresas calificadas.
¿Cuáles son los tamaños de los premios?
Las empresas calificadas pueden recibir $2,500 en un pago único dependiendo de la aprobación de la solicitud y la disponibilidad de fondos.
¿Tendré que devolver el dinero? ¿Es este un programa de subvenciones o un programa de préstamo?
Este es un programa de subvenciones, no un préstamo, por lo que no tendrá que devolver eldinero. La única excepción es si no usa todos los fondos, o si no los usa de la manera indicaden su solicitud, deberá devolver los fondos.
¿En qué se pueden gastar los fondos?
Según las pautas de CalOSBA, el uso elegible de los fondos es:
Costos resultantes de la pandemia de COVID-19 y restricciones de salud y seguridad relacionadas, o interrupciones o cierres comerciales incurridos como resultado de la pandemia de COVID-19, como se define en subdivision (l) Government Code Section 12100.83.
¿Se asignan los fondos por orden de llegada para los solicitantes calificados?
Sí, las solicitudes se considerarán hasta que se agoten los fondos. Si el número de solicitudes elegibles recibidas excede la cantidad de fondos disponibles, se realizará una lotería.
¿Cómo sé si mi negocio es elegible para recibir financiamiento?
Antes de presentar la solicitud, todos deben revisar los criterios de elegibilidad que determinarán si su negocio es elegible o no para presentar una solicitud.
¿Puedo presentar una solicitud si recibí fondos del programa California Relief Grant?
No, no puede presentar una solicitud si recibió fondos del Programa de Subvenciones de Ayuda de California.
¿Puedo aplicar si recibí fondos del Programa de Protección de Cheques de Pago (PPP)?
Sí, puede presentar una solicitud si recibió fondos del Programa de protección de cheques de pago u otros programas de subvenciones o préstamos relacionados con la pandemia.
¿Puedo presentar una solicitud si ya recibí una subvención de otras entidades locales como la Fundación Santa Bárbara?
Sí, puedes aplicar si ya recibiste una subvención de otras entidades locales.
¿Tengo que ser ciudadano estadounidense para aplicar?
No, no necesita ser ciudadano de los EE. UU. para presentar una solicitud.
¿Cuál es el razonamiento detrás del tamaño comercial elegible?
La intención de los fondos de Cal OSBA es brindar alivio a las microempresas y empresarios más difíciles de alcanzar. El Condado implementará un plan de divulgación y mercadeo para identificar e involucrar a las microempresas elegibles que enfrentan barreras sistémicas para acceder al capital, incluidas, entre otras, empresas propiedad de mujeres, minorías, veteranos, personas sin documentación, personas con dominio limitado del inglés y negocios. propietarios ubicados en comunidades rurales y de bajos ingresos.
Solicitud de la subvención
¿Cómo me inscribo?
Puede solicitar en línea en este sitio web. Puede comenzar el proceso de solicitud en https://grantsportal.sbfoundation.org/Accounts/LogOn. Los usuarios primerizos deberán crear una cuenta antes de acceder a la aplicación.
¿Cuándo se abre la aplicación?
El plazo de solicitud se abre el 7 de marzo de 2022 a las 9:00 horas. Puede guardar su solicitud en curso, por lo que no es necesario completarla en una sola sesión. Tómese su tiempo para completar la solicitud. NO se aceptarán solicitudes incompletas.
¿Cuál es la fecha límite para aplicar?
Las solicitudes serán consideradas hasta que se agoten los fondos.
¿Tengo que llenar la solicitud en línea? ¿Puedo enviar mi solicitud por correo o en persona?
No, las solicitudes podrán recogerse en los lugares a los que se hace referencia en las pautas del programa de subvenciones. Sí, las solicitudes se pueden enviar por correo o en persona en los dos lugares a los que se hace referencia en las pautas del programa.
Soy propietario/administro más de una empresa u organización sin fines de lucro. ¿Puedo presentar una solicitud para cada negocio/organización sin fines de lucro que poseo si cumplen con los requisitos?
No, solo puede presentar una solicitud una vez, incluso si es propietario, copropietario u opera múltiples empresas u organizaciones sin fines de lucro. Solo un negocio será elegible.
¿Por qué necesito llenar un W-9?
La Fundación y el Condado de Santa Bárbara deben informar la información sobre la financiación de las subvenciones al Tesoro de los Estados Unidos al final del año, lo que se hace mediante los formularios W-9. Completar un W-9 ahora nos ayudará a enviar cheques más rápidamente a los solicitantes seleccionados. No se desembolsarán fondos sin un W-9 y las solicitudes se considerarán incompletas sin el W-9.
¿Por qué solicita un estado financiero comercial o una declaración de impuestos?
Sus estados financieros nos permiten verificar que su empresa está activa en el condado de Santa Bárbara; cumple con los requisitos de elegibilidad para los ingresos; practica una buena gestión financiera; y es financieramente viable.
¿Tengo que presentar todos los documentos? ¿Qué pasa si no tengo todos los documentos que necesito para aplicar?
Debe presentar TODOS los documentos requeridos. No se considerarán las solicitudes incompletas.
¿Cómo puedo probar que mi negocio estaba en funcionamiento antes del 31 de diciembre de 2019 o antes?
Deberá dar fe de que su negocio u organización sin fines de lucro estaba en funcionamiento haciendo clic en la casilla de la solicitud y enviando copias de sus declaraciones de impuestos de 2019.
¿Qué pasa si tengo varias ubicaciones para un solo negocio, qué dirección debo usar?
Seleccione lo que podría considerar la ubicación comercial “principal”.
¿Qué hago si necesito un a forma W-9?
Puede hacer clic para llenar un a forma en blanco W-9.
¿Los solicitantes reciben una confirmación de que enviaron su solicitud?
Sí, recibirá un correo electrónico de confirmación al enviar su solicitud.
Recibir fondos de subvención
¿Cómo me contactarán o sabré si recibiré una subvención?
Se le notificará por correo electrónico. Los cheques se enviarán por correo. Asegúrese de revisar su correo electrónico regularmente, incluidas sus carpetas de correo no deseado.
¿Me contactarán si no recibo una subvención?
Sí, se le notificará por correo electrónico si recibe o no una subvención.
¿Cómo recibiré los fondos?
Se enviará un cheque en papel a la dirección postal que figura en su solicitud.
¿Qué se requiere de mí si recibo una subvención? ¿Hay alguna atadura?
Si se selecciona, debe usar estos fondos para gastos válidos relacionados con COVID-19 identificados en su solicitud. Los fondos no se pueden utilizar para otro negocio o gastos personales. La financiación no es transferible.
¿Tengo que devolver el dinero, como un préstamo?
No. Los fondos que recibe son una subvención, no un préstamo, y no es necesario devolverlos.
Si tengo preguntas después de leer estas preguntas frecuentes, ¿qué hago?
Comuníquese con el Coordinador de Subvenciones de la Fundación Santa Bárbara, Andi García en agarcia@sbfoundation.org o (805) 880-9352.